
ADAS
Implementación obligatoria
El reglamento (UE) 2019/2144 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 es la base y fuente de inspiración de esta sección, puesto que es el origen de la normativa de estos sistemas de seguridad, estableciendo las fases de implementación obligatoria en turismos y furgonetas.

¿Cuáles son los sistemas ADAS obligatorios?

Desde julio 2022

Desde julio 2024

Desde julio 2026
Todos los sistemas ADAS obligatorios en cada fase
FASE 1
Desde el 6 de julio de 2022 no se pueden homologar ni matricular automóviles que no incorporen:
- Control de la presión de los neumáticos
- Alerta de uso del cinturón en todas las plazas
FASE 2
Desde julio de 2022 no se pueden homologar automóviles, y partir de julio de 2024, tampoco matricularlos, si no incorporan:
- Frenada autónoma de emergencia (AEB)
- Alerta de cambio involuntario de carril (LDW)
- Asistente de velocidad inteligente (ISA)
- Interfaz para Inhibidor de arranque con alcoholímetro
- Detector de somnolencia (DDR)
- Señal de frenado de emergencia
- Detector de marcha atrás (REV - Rear Vehicle Detection)
- Caja negra (EDR, event data recorder o registrador de eventos)
FASE 3
A partir del 7 julio de 2024 no se pueden homologar automóviles, y partir de 7 julio de 2026, tampoco matricularlos, que no incorporen:
- Sistema avanzado de advertencia de distracciones del conductor
- Frenada autónoma de emergencia (AEB) con detección de peatones y ciclistas