Implementación Sistemas ADAS

ADAS

Implementación obligatoria

El reglamento (UE) 2019/2144 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 es la base y fuente de inspiración de esta sección, puesto que es el origen de la normativa de estos sistemas de seguridad, estableciendo las fases de implementación obligatoria en turismos y furgonetas.

¿Cuáles son los sistemas ADAS obligatorios?

Desde julio 2022

Desde julio 2024

Desde julio 2026

Todos los sistemas ADAS obligatorios en cada fase

FASE 1

Desde el 6 de julio de 2022 no se pueden homologar ni matricular automóviles que no incorporen:

  • Control de la presión de los neumáticos
  • Alerta de uso del cinturón en todas las plazas

FASE 2

Desde julio de 2022 no se pueden homologar automóviles, y partir de julio de 2024, tampoco matricularlos, si no incorporan:

  • Frenada autónoma de emergencia (AEB)
  • Alerta de cambio involuntario de carril (LDW)
  • Asistente de velocidad inteligente (ISA)
  • Interfaz para Inhibidor de arranque con alcoholímetro
  • Detector de somnolencia (DDR)
  • Señal de frenado de emergencia
  • Detector de marcha atrás (REV - Rear Vehicle Detection)
  • Caja negra (EDR, event data recorder o registrador de eventos)

FASE 3

A partir del 7 julio de 2024 no se pueden homologar automóviles, y partir de 7 julio de 2026, tampoco matricularlos, que no incorporen:

  • Sistema avanzado de advertencia de distracciones del conductor
  • Frenada autónoma de emergencia (AEB) con detección de peatones y ciclistas