La multa de la DGT por no identificar al conductor del vehículo

Llegar a casa, abrir el buzón y encontrarte una carta de la DGT. Seguramente sea una sorpresa poco agradable y se trate de una multa de tráfico. Multas existen de muchos tipos en función de su naturaleza y no está de más estar siempre a la última sobre las novedades de las Multas de Tráfico para este 2022. A continuación, te contamos en qué supuestos la DGT puede pedir identificar al conductor, cuándo y qué hay que hacer. 

¿Cuándo hay obligación de identificar al conductor?

Esto ocurre cuando el agente no ha podido realizar la denuncia al conductor que ha cometido la infracción en el mismo momento que sucede. Algunos de los casos más comunes es superar la velocidad permitida al pasar por un radar o aparcar de forma indebida. Momentos en los que ya sea porque la imagen ha sido captada por una cámara o bien porque el conductor no estaba presente, la notificación llegará directamente al domicilio del titular del vehículo que ha cometido la infracción. 

Es ahí cuando la Administración necesita saber quién es la persona responsable de cometer la falta, dado que solo tiene la multa y el nombre del titular del vehículo pero no sabe, a ciencia cierta, quién conducía.

Formas de identificar al conductor del vehículo

La Ley de Tráfico establece la obligación de identificar al conductor en un plazo de 20 días naturales desde que se recibe la notificación. Para que la identificación sea aceptada, deberá aparecer el nombre y apellidos del conductor así como el número de permiso de conducir y el número de referencia del impreso de la denuncia municipal recibida en el domicilio. La comprobación de estos datos se hará desde el Registro de Conductores de la DGT. 

Por otro lado, aunque no es obligatorio, suelen recomendar señalar un domicilio si las notificaciones tienen que llegar directamente a la persona identificada si es el conductor habitual del vehículo. 

Para realizar este trámite, la DGT pone a disposición del titular diferentes opciones:

  • Por internet con o sin identificación previa. Siempre que el conductor resida en territorio español y tengo permiso o licencia de conducir adecuada para el el vehículo que ha cometido la infracción, se podrá identificar a través de la sede electrónica de la DGT. Necesitarás el número de expediente y el código de la notificación que previamente habrás recibido en casa. 
  • Desde la app miDGT. Podrás realizar la identificación de infractor de una multa desde la aplicación para móviles y tablets de la DGT. La aplicación es gratuita y está disponible tanto para sistemas operativos Android como iOs. Solo tendrás que acceder al menú principal de la misma, ir al apartado “Mis multas” y seleccionar “Pendientes”. 
  • Por correo postal. En este caso se tendrá que devolver la notificación recibida debidamente cumplimentada a la dirección de la Jefatura de Tráfico que aparece en el mismo impreso recibido, o bien al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
  • Presencialmente. Tendrás que acudir a tu Jefatura u Oficina de Tráfico más cercana y entregar toda la documentación. Eso sí, recuerda que antes de asistir deberás solicitar cita previa por internet o llamar al 060 para agendarla. 

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Multas por no identificar al conductor de un vehículo

Si después de esta notificación el propietario del vehículo que ha cometido la infracción no identifica al conductor, estará cometiendo otra que la DGT categoriza como muy grave que además se recoge en el “Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, en el artículo 77. Además, en este caso y a diferencia del resto de sanciones “no podrás beneficiarte de la reducción del 50% por pago dentro del período voluntario”. Independientemente de este caso en particular, es importante que tengas en cuenta cuándo prescriben las multas de tráfico para evitar posibles aumentos en la cuantía de la misma. 

La cuantía prevista para este tipo de sanción es del doble de la prevista en caso de ser una infracción leve hasta el triple si la originaria fue grave o muy grave. Así, estamos hablando que las multas administrativas, además por falta de colaboración, serían de mínimo unos 500 euros hasta llegar en caso de las muy graves a 1.500 euros. Eso sí, en ningún caso estas sanciones acarrean pérdida de puntos en el carnet de conducir.

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